Aprueba IEEG topes de gasto para los procesos internos de selección de candidaturas

· El límite máximo será de 12 millones 382 mil 451 pesos.   En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó el tope de gastos a erogar por cada partido político en la organización de sus procesos internos para la selección de candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027, así como los límites conforme a los cuales se determinarán los topes de gastos de precampaña.   El artículo 175, primer párrafo de la ley electoral local define a los procesos internos para la selección de candidaturas a cargos de elección popular como el conjunto de actividades que realizan los partidos políticos y los aspirantes a dichos cargos, de conformidad con lo establecido en esta Ley, en los Estatutos, reglamentos, acuerdos y demás disposiciones de carácter general que aprueben los órganos de dirección de cada partido político.   Asimismo, el artículo 176 párrafo primero del mismo ordenamiento legal, define precampaña electoral como el conjunto de actos que realizan los partidos políticos, sus militantes y los precandidatos a candidaturas a cargos de elección popular debidamente registrados por cada partido político.   En el acuerdo CGIEEG/023/2024 se determinó que el tope de gastos de campaña para la elección de gubernatura en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, fue de 82 millones 549 mil 675 pesos.   Bajo este orden de ideas, el parámetro legal aplicable es el resultado de aplicar el porcentaje máximo previsto por la ley electoral local al tope de gastos de campaña de la elección de gubernatura inmediata anterior, así, el 15% corresponde a 12 millones 382 mil 451 pesos, lo que constituirá el límite máximo que cada partido político podrá erogar en la organización de sus procesos internos de selección de candidaturas durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.   Con el objeto de dotar de certeza a los partidos políticos respecto del parámetro máximo que deberán observar, se comparte la siguiente tabla en la que se identifica, para cada uno de los 46 ayuntamientos, el tope de gastos de campaña aprobado para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024 y se obtiene, mediante la aplicación directa del 20% previsto en el artículo 20 del Reglamento de Precampañas, el límite máximo que podrá establecerse como tope de gastos de precampaña para el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027:   Municipio Tope de gastos de campaña en el proceso electoral 2023-2024 Límite máximo que un partido político podrá establecer como tope de gastos de precampaña en el proceso electoral 2026-2027 por municipio (20% del tope de gastos de campaña de la elección inmediata anterior) Abasolo $1,298,645.19 $259,729.03 Acámbaro $1,614,607.67 $322,921.53 Apaseo el Alto $1,110,163.22 $222,032.64 Apaseo el Grande $1,423,104.71 $284,620.94 Atarjea $314,159.39 $62,831.87 Celaya $6,402,162.18 $1,280,432.43 Comonfort $1,194,332.12 $238,866.42 Coroneo $371,282.79 $74,256.55 Cortazar $1,428,242.28 $285,648.45 Cuerámaro $561,879.30 $112,375.86 Doctor Mora $538,067.35 $107,613.47 Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional $2,134,135.10 $426,827.02 Guanajuato $2,582,677.60 $516,535.52 Huanímaro $483,932.97 $96,786.59 Irapuato $6,982,171.55 $1,396,434.31 Jaral del Progreso $625,712.00 $125,142.40 Jerécuaro $1,015,956.74 $203,191.34 León $17,905,029.15 $3,581,005.83 Manuel Doblado $625,967.52 $125,193.50 Moroleón $1,110,215.31 $222,043.06 Ocampo $482,782.75 $96,556.55 Pénjamo $2,234,375.90 $446,875.18 Pueblo Nuevo $410,697.11 $82,139.42 Purísima del Rincón $1,304,684.21 $260,936.84 Romita $1,067,793.64 $213,558.72 Salamanca $3,941,819.88 $788,363.97 Salvatierra $1,441,482.40 $288,296.48 San Diego de la Unión $589,726.51 $117,945.30 San Felipe $1,518,901.25 $303,780.25 San Francisco del Rincón $1,741,385.49 $348,277.09 San José Iturbide $1,246,798.66 $249,359.73 San Luis de la Paz $1,582,809.80 $316,561.96 San Miguel Allende $2,358,380.16 $471,676.03 Santa Catarina $319,083.05 $63,816.61 Santa Cruz de Juventino Rosas $1,221,347.12 $244,269.42 Santiago Maravatío $333,572.88 $66,714.57 Silao de la Victoria $2,568,622.93 $513,724.58 Tarandacuao $412,434.10 $82,486.82 Tarimoro $653,092.48 $130,618.49 Tierra Blanca $438,091.57 $87,618.31 Uriangato $1,530,989.02 $306,197.80 Valle de Santiago $2,068,856.94 $413,771.38 Victoria $449,695.49 $89,939.09 Villagrán $1,324,205.86 $264,841.17 Xichú $358,726.29 $71,745.25 Yuriria $1,226,875.71 $245,375.14   La misma regla resulta aplicable a la elección de diputaciones al Congreso del Estado; los montos que se señalan a continuación constituyen límites máximos y no topes fijados de manera directa a cada precandidatura, lo cual es facultad de cada instituto político:   Distrito Tope de gastos de campaña en el proceso electoral 2023-2024 Límite máximo que un partido político podrá establecer como tope de gastos de precampaña en el proceso electoral 2026- 2027 por distrito (20% del tope de gastos de campaña de la elección inmediata anterior) 1 $3,688,303.48 $737,660.69 2 $3,326,796.79 $665,359.35 3 $3,085,847.01 $617,169.40 4 $3,119,018.96 $623,803.79 5 $2,996,776.91 $599,355.38 6 $3,258,866.88 $651,773.37 7 $3,794,847.03 $758,969.40 8 $3,509,425.13 $701,885.02 9 $3,406,254.68 $681,250.93 10 $3,703,993.50 $740,798.70 11 $3,429,681.73 $685,936.34 12 $3,365,683.14 $673,136.62 13 $3,448,291.41 $689,658.28 14 $3,315,774.36 $663,154.87 15 $3,186,716.08 $637,343.21 16 $2,992,271.46 $598,454.29 17 $3,477,603.30 $695,520.66 18 $3,588,009.82 $717,601.96 19 $3,377,175.97 $675,435.19 20 $3,468,846.53 $693,769.30 21 $3,350,117.36 $670,023.47 22 $3,837,778.40 $767,555.68   Por otro lado, los partidos políticos deberán informar los topes de gastos de precampañas al Consejo General a más tardar en las fechas siguientes:   Tipo de elección Fecha límite para informar los topes de gastos de precampaña Ayuntamientos 3 de enero de 2027 Diputaciones 13 de enero de 2027   Se determina que UTSIT sea instancia interna responsable de ‘Conóceles’   En otro punto del orden del día se aprobó la determinación de que la implementación y operación del Sistema “Candidatas y Candidatos, Conóceles” en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027 estará a cargo del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato a través de la Unidad Técnica de Sistemas de Información y Telecomunicaciones, en apoyo a la instancia interna responsable.   La Unidad Técnica de Sistemas de Información y Telecomunicaciones, de conformidad con los artículos 104 de la ley electoral local y 52 del Reglamento Interior, cuenta con atribuciones relacionadas con el diseño, desarrollo, implementación, administración, operación, mantenimiento y seguridad de los sistemas y de la infraestructura tecnológica institucional, por lo que podrá coadyuvar con la instancia interna responsable en aquellos aspectos técnicos y tecnológicos que correspondan a su ámbito de competencia.         Se da cumplimiento a resolución del INE   En cumplimiento al acuerdo INE/CG308/2026 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se dio cumplimiento a la sentencia de la Sala…

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Aprueba IEEG modificaciones al Reglamento de Quejas y Denuncias  

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó modificar diversas disposiciones del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto. Las reformas y adiciones a la ley electoral local derivadas del Decreto Legislativo número 196, hacen necesario reformar y adicionar las disposiciones correlativas del Reglamento de Quejas y Denuncias, a fin de evitar antinomias y dotar de certeza jurídica a las personas destinatarias de sus disposiciones y a las áreas encargadas de su aplicación. Las modificaciones se dan en concordancia con las reformas a artículos de la ley electoral local, mediante las cuales reconocen al buzón electrónico como medio válido de notificación personal y de comunicación, así como lo relativo al plazo para la investigación preliminar previo a la admisión o desechamiento de la denuncia. También se estimó conveniente incorporar y regular expresamente la figura del cuadernillo de antecedentes, a efecto de definirlo como el expediente de carácter provisional que se integra con motivo de la recepción de escritos, solicitudes, comunicaciones o actuaciones respecto de los cuales, en un primer momento, no sea posible determinar con claridad la naturaleza de la petición formulada, la vía procesal que corresponda o el trámite que deba darse. Se emite Reglamento para la Notificación Electrónica   En otro punto del orden del día, se aprobó la emisión del Reglamento para la Notificación Electrónica de las Convocatorias a los Órganos Colegiados del Instituto. El Reglamento permite contar con conceptos y procedimientos uniformes como lo son los conceptos de órganos colegiados, plataforma, instancia interna, presidencia y la inclusión de la definición de correo electrónico que utiliza el Comité de Transparencia al emitir sus resoluciones con el fin de evitar interpretaciones contradictorias. Con este reglamento también se fortalecen las disposiciones relativas a las cuentas utilizadas para acceder a la plataforma de notificaciones, al establecer supuestos para su inactivación o eliminación y contemplando expresamente el mal uso como una causa para ello. Asimismo, describe el procedimiento para la notificación electrónica de las convocatorias y las responsabilidades de las personas que intervienen en dicho procedimiento. El Reglamento se integra por 18 artículos, organizados en cinco capítulos, cuyo contenido responde de manera sistemática a las distintas etapas y elementos que intervienen en el procedimiento de notificación electrónica. La sesión completa puede verse en: https://www.facebook.com/IEEGTO/videos/2673908083024448 https://www.youtube.com/watch?v=T_XipK8TC

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Aprueba IEEG convocatoria para observación electoral

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó la convocatoria dirigida a la ciudadanía que desee participar como observadoras y observadores electorales en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.   El artículo 186, numeral 3, del Reglamento de Elecciones, establece que las personas que se encuentren acreditadas como observadoras electorales tendrán derecho a realizar las actividades de observación de los actos de carácter público de preparación y desarrollo de los procesos electorales federales y locales, tanto ordinarios como extraordinarios, así como de las consultas populares, incluyendo los que se lleven a cabo durante la Jornada Electoral y sesiones de los órganos electorales del INE y de los organismos públicos locales electorales.   Los requisitos son los siguientes:   · Ser persona ciudadana mexicana en pleno goce de sus derechos civiles y políticos. · No ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección. · No ser, ni haber sido candidata o candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección. · Asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el INE y los organismos públicos locales o las propias organizaciones a las que pertenezcan las personas observadoras electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del INE, las que podrán supervisar dichos cursos. El plazo para la presentación de las solicitudes será a partir del 14 de septiembre de 2026 y hasta el 10 de mayo de 2027.   La convocatoria completa puede consultarse en el sitio web ieeg.mx     Se emiten acciones afirmativas a favor de la paridad sustantiva en ayuntamientos   En una sesión extraordinaria, se determinó la viabilidad de la emisión de acciones afirmativas reforzadas para alcanzar la paridad sustantiva en ayuntamientos y se emiten los Lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad en la postulación y registro de candidaturas, en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027.   La medida consistente en reservar exclusivamente para mujeres las candidaturas a las presidencias municipales de Apaseo el Grande, Comonfort, Cortazar, Doctor Mora, Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional, Purísima del Rincón, Romita, San Francisco del Rincón, Santa Cruz de Juventino Rosas, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato y Valle de Santiago constituye una acción afirmativa dirigida a corregir una situación concreta y persistente de desigualdad en el acceso de las mujeres al poder público municipal.   La medida de postulación exclusiva de mujeres motivo y prevista en los Lineamientos de paridad, constituye una acción afirmativa de carácter focalizado, temporal y complementario, dirigida a corregir una situación específica de desigualdad estructural en el acceso a las presidencias municipales.   Con el diseño e impulso de esta acción afirmativa se buscan mejores condiciones para que las mujeres accedan como presidentas municipales en el estado de Guanajuato en el próximo proceso electoral y se fortalezca la igualdad sustantiva y el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales.   Se emiten acciones afirmativas a favor de GAP   En otro punto del día se aprobó la emisión acciones afirmativas en favor de personas pertenecientes a grupos de atención prioritaria para su postulación como candidatas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027 y se expiden los Lineamientos para su implementación.   Se realizaron consultas previas, libres, informadas, de buena fe y culturalmente adecuadas, con personas con discapacidad, personas de la diversidad sexogenérica, personas afromexicanas, personas pertenecientes a pueblos y comunidades originarias y guanajuatenses migrantes residentes en el extranjero.   Se escucharon voces diversas, en distintos espacios y mediante diferentes mecanismos: foros presenciales, virtuales y cuestionarios; cada una de estas aportaciones fue sistematizada y analizada para construir una propuesta que no solamente respondiera a una obligación jurídica, sino que atendiera las necesidades y experiencias expresadas por quienes serán destinatarios de estas medidas.

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Aprueba IEEG integración de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó la integración de la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.   El artículo 90 de la ley electoral local indica que para cada proceso electoral se fusionarán las comisiones de Cultura Política y Electoral y de Organización Electoral, a fin de integrar la Comisión de Capacitación y Organización Electoral.   Toda vez que está por iniciar el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027, es necesario integrar la Comisión de Capacitación y Organización Electoral, de la siguiente manera:   Luis Gabriel Mota Presidente Gustavo Hernández Martínez Integrante María Concepción Esther Aboites Sámano Integrante Titular de la Dirección de Organización Electoral Secretaría Técnica Representaciones de los partidos políticos Participantes   La Comisión entrará en funciones a partir de su instalación en el mes de septiembre y concluirá sus actividades al terminar el proceso electoral.   Se crea Comisión Temporal de Debates   En otro punto del orden del día, se aprobó la creación de la Comisión Temporal de Debates del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.   De conformidad con el marco normativo aplicable y al ser los debates un mecanismo que permite exponer y confrontar las propuestas de las candidaturas, sus planteamientos y plataformas electorales, se crea la Comisión que tiene por objeto la organización, producción, difusión y supervisión de los debates entre las candidaturas a los cargos de diputaciones y ayuntamientos.   La Comisión Temporal de Debates se integrará en los términos siguientes:   Blanca Marcela Aboytes Vega Presidenta Gustavo Hernández Martínez Integrante Eduardo Joaquín del Arco Borja Integrante Titular de la Coordinación de Comunicación y Difusión Secretaría Técnica Representaciones de los partidos políticos Participantes   La Comisión Temporal de Debates se instalará en el mes de octubre de 2026.

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Aprueba INE Anteproyecto de Presupuesto 2027 por un monto de 31 mil 431 millones 887 mil 800 pesos

Se enviará a la persona titular del Poder Ejecutivo para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación Se acuerda también un financiamiento público federal para Partidos Políticos Nacionales y candidaturas independientes de 10 mil 800 millones de pesos, así como un presupuesto precautorio de 4 mil 700 millones de pesos El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó su Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2027, por un monto total de 31 mil 431 millones 887 mil 800 pesos, el cual se remitirá a la persona titular del Poder Ejecutivo para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2027.   Durante la sesión del máximo órgano de dirección del Instituto se determinó que dicha cantidad sea distribuida de la siguiente forma:  PRESUPUESTO BASE: Oficinas Centrales, Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas 14,036,192,356 CARTERA INSTITUCIONAL DE PROYECTOS que se divide en: 17,395,695,444          Organizar Procesos Electorales Locales 474,311,657          Organizar Proceso Electoral Federal 13,453,412,874          Fortalecer la Cultura Democrática, la Igualdad de Género y la Inclusión 460,662,578          Fortalecer la Gestión y Evaluación Administrativa y Cultura de Servicio Público 1,447,574,238          Fortalecer los Mecanismos de Actualización de los Procesos Registrales 431,508,740          Fortalecer el Acceso a la Información y Protección de Datos Personales 105,241,282          Fortalecer la Equidad y Legalidad en el Sistema de Partidos Políticos 214,119,985          Coordinar el Sistema Nacional Electoral 33,002,414          Organizar Procesos Electorales del Poder Judicial   Se aprueba el financiamiento público para partidos nacionales y candidaturas independientes   Del mismo modo, el Consejo General aprobó el financiamiento público federal de las fuerzas políticas nacionales y de las candidaturas independientes para el ejercicio 2027, equivalente a 10 mil 842 millones 653 mil 927 pesos.   Lo anterior se fundamenta en la fórmula establecida en el Artículo 41 de la Constitución, que garantiza a los Partidos Políticos Nacionales los elementos para llevar a cabo sus actividades, y el cual también señala las reglas del financiamiento para las campañas electorales, debiendo asegurar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.   :

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Aprueba IEEG resoluciones de procedimientos sancionadores

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) en sesión extraordinaria, aprobó las resoluciones de procedimientos sancionadores ordinarios.   El procedimiento derivó de la denuncia presentada por José Israel Martínez Vidal, representante suplente del Partido Acción Nacional, en contra de la diputada local del Congreso del Estado de Guanajuato, Maribel Aguilar González, y del administrador de su página de Facebook, Jorge Mauricio Soto Mendoza. En la denuncia se les atribuyó la difusión de propaganda gubernamental con promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos; así como a la legisladora la realización de actos anticipados de campaña y al partido morena la omisión en su deber de cuidado. Lo anterior con motivo de la publicación en redes sociales de diversos videos relacionados con programas sociales federales dirigidos a personas adultas mayores y mujeres en el municipio de Irapuato. Se declaró la inexistencia de las infracciones denunciadas al estimar que no se acreditan de manera concurrente los elementos objetivo y temporal para actualizar la promoción personalizada, ni tampoco el uso indebido de recursos públicos. De igual forma, se concluyó que no se actualiza el elemento personal que los actos anticipados de campaña atribuidos a la legisladora al no existir elementos que permitan considerarla como aspirante a un cargo de elección popular al momento de emitirse la resolución. En consecuencia, tampoco se actualiza la responsabilidad del partido morena por culpa in vigilando   El procedimiento derivó de la denuncia presentada por José Israel Martínez Vidal, representante suplente del Partido Acción Nacional, en contra de Maribel Aguilar González, diputada local del Congreso del Estado de Guanajuato. En la denuncia se atribuyó la vulneración a las reglas de difusión del informe de labores fuera del plazo previsto en la ley, la difusión de propaganda gubernamental con promoción personalizada y el uso indebido de recursos públicos; asimismo, se señaló al partido morena por la presunta omisión en su deber de cuidado. Se declaró la existencia de la infracción consistente en la vulneración del Artículo 242 Numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, al haberse difundido el informe de labores fuera del plazo legal. En consecuencia, se ordenó dar vista al Congreso del Estado de Guanajuato para que en el ámbito de sus atribuciones determine lo que en derecho corresponda. Por cuanto hace a las demás conductas denunciadas, se declaró su inexistencia al estimar que no se actualizaron los elementos necesarios para tener por acreditadas las infracciones previstas en la normativa electoral. La sesión completa se puede ver en:

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Aprueba IEEG estatutos para postulación de candidaturas independiente

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó el modelo único de estatutos que deberá seguir la ciudadanía que pretenda postular candidaturas independientes a un cargo de elección popular en el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027. El artículo 297 párrafo cuarto de la ley electoral local establece que con la manifestación de intención, quien aspira a la candidatura independiente deberá presentar la documentación que acredite la creación de la persona moral constituida en asociación civil, cuyo objeto social será realizar los actos necesarios para obtener el registro y la participación político electoral en el proceso constitucional determinado, así como cumplir las obligaciones inherentes establecidas en las leyes, tanto en materia de candidaturas independientes como en cuanto a la administración, fiscalización y  transparencia de los recursos públicos y privados, atendiendo que la asociación civil deberá tener el mismo tratamiento que un partido político en el régimen fiscal. Aunado al anterior, de conformidad con el artículo en mención, el IEEG debe publicar a más tardar el 5 de agosto de 2026, el modelo único de estatutos que deberá seguir la ciudadanía que pretenda postular candidaturas independientes a un cargo de elección popular en el proceso electoral local ordinario 2026-2027, al crear la persona moral constituida en asociación civil a la que se ha hecho referencia. Por lo anterior se aprobó el modelo en el cual se establecen derechos y obligaciones que corresponderán a las personas asociadas, así como a los órganos sociales y los relativos a su funcionamiento y atribuciones. Es importante precisar que, para generar certeza sobre la constitución de las asociaciones civiles, éstas deberán constar en escritura pública otorgada ante persona titular de notaría pública y ser inscritas en el registro público de la propiedad, como lo dispone el propio Código Civil del Estado. Se firmará convenio de colaboración   En otro punto del orden del día se autorizó la suscripción del convenio general de coordinación y colaboración con el Instituto Nacional Electoral, así como sus anexos técnico y financiero. El objetivo es establecer las bases de coordinación y colaboración para la organización y ejecución del concurso público 2026 de ingreso a cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales. La suscripción del convenio constituye un instrumento jurídico necesario para formalizar las bases operativas, técnicas y presupuestales que permitan la organización y ejecución del concurso público 2026 de ingreso al Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema OPLE, garantizando con ello la incorporación de personal calificado bajo los principios rectores de la función electoral. Se ajustan límites de financiamiento privado a partidos   En otro punto del orden del día se aprobó el ajuste a los límites del financiamiento privado que podrán recibir los partidos políticos por sus militantes y simpatizantes durante el ejercicio 2026, derivado del registro de dos nuevos partidos políticos nacionales.  Partido Político Límite anual de financiamiento privado 2026 Partido Acción Nacional $35,329,794.93 Partido Revolucionario Institucional $27,742,873.74 Partido Verde Ecologista de México $25,000,062.64 Movimiento Ciudadano $28,058,812.07 morena $35,329,794.93 Somos México $2,425,452.29 Partido Paz $2,425,452.29 Se da respuesta a consulta   En otro punto del orden del día, se aprobó la respuesta a la consulta realizada por Mauricio Trejo Pureco, presidente municipal de San Miguel de Allende, Guanajuato, mediante la cual solicita hacerle informe los días y horarios en que puede realizar y/o participar en actividades partidistas fuera de las actividades y tareas propias de su encargo, a fin de no violentar la normativa en materia electoral. Del análisis del marco legal aplicable, se desprende que si bien corresponde al Consejo General desahogar las consultas relacionadas con la interpretación de las disposiciones previstas en la legislación electoral local, el órgano colegiado está imposibilitado para determinar los días y horarios laborales de un presidente municipal, así como los inhábiles, al ser las disposiciones dictadas por cada ayuntamiento las que los determinan. De acuerdo con lo dispuesto por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las personas servidoras públicas que deben realizar su trabajo tienen que tutelar el principio de equidad e imparcialidad en la contienda, evitando influir en los procesos electorales o en la voluntad de la ciudadanía, ya que de conformidad con el artículo 350 de la ley electoral local, pueden ser sujetas de responsabilidad las personas servidoras públicas que cometan infracciones a la normativa electoral local. En consecuencia, las personas servidoras públicas pueden ejercer sus derechos político-electorales siempre que ello ocurra fuera del horario laboral, cuando exista una jornada definida, o bien en días inhábiles, tratándose de cargos con funciones permanentes, y en todo caso siempre cuidar, no utilizar recursos públicos ni afectar los principios de imparcialidad y equidad, esto conforme lo ha establecido la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral. Se da resolución a procedimiento sancionador   Ello en cumplimiento a lo ordenado en la sesión extraordinaria del Consejo General de este Instituto, celebrada el pasado 8 de julio de 2026, en la cual se conoció la propuesta de resolución y se ordenó su devolución a la Unidad Técnica Jurídica de lo Contencioso Electoral, efecto de elaborar un nuevo proyecto, tomando en cuenta los argumentos, consideraciones y razonamientos expresados por la mayoría de las personas integrantes del Consejo General, como lo dispone la propia Ley Electoral Local. En la nueva resolución se declaró inexistencia del incumplimiento de la obligación de proporcionar en tiempo y forma la información solicitada por la Comisión Temporal de Grupos de Atención Prioritaria del Instituto, mediante los oficios del 29 de enero de 2026, a los institutos políticos Partido Acción Nacional, Movimiento Ciudadano y Morena. Asimismo, se determinó la inexistencia de la infracción a la normativa electoral consistente en el incumplimiento por lo que respecta al Partido Revolucionario Institucional. Por otro lado, se determinó la existencia de la infracción a la normativa electoral por parte del Partido Acción Nacional, el Partido Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y morena, consistente en el incumplimiento del acuerdo aprobado por el Consejo General por el cual se determinó que los partidos políticos deben estar…

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Aprueba IEEG resolución de procedimiento sancionado

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), en sesión extraordinaria aprobó la resolución del procedimiento sancionador ordinario 15/2025-PSO-CG. El procedimiento derivó de la denuncia presentada por el representante suplente del Partido Acción Nacional en contra de Maribel Aguilar González, diputada local del Congreso del Estado de Guanajuato. Se denunció la vulneración a las reglas de difusión de los informes de labores fuera del plazo establecido en la legislación electoral, difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como en contra del partido político morena, con motivo a su deber de cuidado respecto de las de las conductas atribuidas a la diputada en mención. En la resolución se declaró la existencia de la infracción consistente en el incumplimiento del artículo 242 numeral 5 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, por la vulneración a las reglas de difusión de los informes de labores fuera del plazo establecido en la legislación electoral cometido por la persona denunciada. En consecuencia y con fundamento en el artículo 457 numeral 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, corresponde a los congresos de los estados imponer las sanciones respecto de conductas de personas servidoras públicas sin superior jerárquico contrarias al orden jurídico, se dará vista al Congreso del Estado de Guanajuato para que en el ámbito de sus atribuciones imponga la sanción correspondiente. Respecto a las demás conductas denunciadas a las partes involucradas, se declaró la inexistencia de estas por no actualizarse los elementos de infracción a la normatividad electoral. En cuanto al Procedimiento sancionador ordinario 01/2026-PSO-CG, se ordenó a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral, elabore un nuevo proyecto de resolución basado en los argumentos y consideraciones, razonamientos expresados por la mayoría de las consejerías.

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Aprueba IEEG emisión de convocatoria para integración de consejos distritales y municipales

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó la emisión de la convocatoria para la selección y designación de consejeras y consejeros que integrarán los consejos electorales distritales y municipales que funcionarán durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2026-2027. Los consejos distritales y municipales electorales son los órganos encargados de la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electoral en sus respectivos ámbitos de competencia; que son dependientes del Consejo General y funcionan durante el proceso electoral con residencia en la cabecera de cada distrito o municipio, según corresponda. Se integrarán por una presidencia, una secretaría, dos consejerías propietarias, una consejería supernumeraria, así como representaciones de los partidos políticos y candidaturas independientes. Se instalarán 68 consejos electorales de los cuales 22 son consejos distritales y 46 municipales, la convocatoria está dirigida a la ciudadanía interesada a participar, así como a partidos políticos y grupos organizados de la sociedad civil a proponer personas aspirantes. Las personas interesadas deberán cumplir los requisitos previstos en el artículo 83 de la ley electoral local y en el Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral. Los plazos para el desarrollo de las etapas y actividades de la convocatoria son los siguientes:  Etapas Fechas Publicación y difusión de la Convocatoria Del 03 al 17 de julio de 2026 Inscripción de las personas aspirantes Registro. Del 03 al 17 de julio de 2026 Publicación de lista de aspirantes registrados. 20 de julio de 2026 Conformación y envío de expedientes al Consejo General Del 06 al 23 de julio de 2026 Revisión de expedientes por el Consejo General Del 24 al 30 de julio de 2026 Elaboración y publicación de las listas de aspirantes que cumplen con los requisitos Elaboración de listas. 29 de julio de 2026 Emisión de observaciones. 30 de julio de 2026 Publicación de lista de aspirantes que pasan a la etapa de examen de conocimientos. 31 de julio de 2026 Examen de conocimientos Aplicación del examen de práctica. 14 y 15 de agosto de 2026 Aplicación del examen de conocimientos. 22 de agosto de 2026 Publicación de resultados del examen de conocimientos. 04 de septiembre de 2026 Publicación de lista con nombres y apellidos de aspirantes que pasan a la etapa valoración curricular y entrevista. 07 de septiembre de 2026 Recepción de solicitudes de revisión de examen. A partir de la publicación de resultados y hasta las 16:00 horas, tiempo del centro de México, del 05 de septiembre de 2026. Revisiones de examen. Se notificará previamente la fecha y la hora. Periodo de observaciones de la ciudadanía Del 10 al 14 de septiembre de 2026 Valoración curricular y entrevista Valoración curricular y entrevista. Del 15 al 29 de septiembre de 2026 Publicación de los resultados finales con los nombres de aspirantes que pasan a la etapa de integración de propuestas definitivas. 30 de septiembre de 2026 Integración y aprobación de las propuestas definitivas Del 01 al 08 de octubre de 2026 Publicación de integración de los consejos distritales y municipales electorales 09 de octubre de 2026   Se aprueba tabulador de dietas   En la misma sesión, se aprobó el tabulador de dietas de las consejeras y consejeros electorales de los consejos distritales y municipales del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato, correspondiente al año 2026. El tabulador mensual de dietas de las consejerías de los consejos distritales y municipales del Instituto se compone de 189 plazas y se integra de dos apartados generales relativos a la dieta mensual y la deducción estimada (proyectada) del Impuesto sobre la Renta. Para determinar la cuantía de las dietas que corresponderán a las consejeras y consejeros electorales de los consejos municipales electorales, la Dirección de Organización Electoral realizó un análisis para agrupar los referidos consejos en distintas regiones con base en la carga de trabajo y los niveles de responsabilidad de acuerdo con sus características: Consejos municipales:   ·       Nivel 1: Abasolo, Acámbaro, Apaseo el Alto, Apaseo el Grande, Atarjea, Comonfort, Coroneo, Cortazar, Cuerámaro, Doctor Mora, Huanímaro, Jaral del Progreso, Jerécuaro, Manuel Doblado, Moroleón, Ocampo, Pueblo Nuevo, Purísima del Rincón, Romita, Salvatierra, San Diego de la Unión, San Felipe, San Francisco del Rincón, San José Iturbide, San Luis de la Paz, Santa Catarina, Santa Cruz de Juventino Rosas, Santiago Maravatío, Tarandacuao, Tarimoro, Tierra Blanca, Uriangato, Victoria, Villagrán, Xichú y Yuriria. Las dietas mensuales netas para las presidencias serán de 28 mil 320 pesos y en el caso de las consejerías será de 17 mil 298 pesos. ·       Nivel 2: Dolores Hidalgo C.I.N., Guanajuato, Pénjamo, Salamanca, San Miguel de Allende, Silao de la Victoria y Valle de Santiago. Las dietas mensuales netas para las presidencias serán de 33 mil 318 pesos y en el caso de las consejerías será de 20 mil 351 pesos. ·       Nivel 4: Celaya e Irapuato. Las dietas mensuales netas para las presidencias serán de 46 mil 115 pesos y en el caso de las consejerías será de 28 mil 168 pesos. ·       Nivel 5: León. Las dietas mensuales netas para las presidencias serán de 54 mil 254 pesos y en el caso de las consejerías será de 33 mil 139 pesos.   Consejos distritales:   Nivel 1: Distrito 3, Distrito 9, Distrito 15, Distrito 4, Distrito 10, Distrito 16, Distrito 5, Distrito 11, Distrito 17, Distrito 6, Distrito 12, Distrito 21, Distrito 8 y Distrito 14.   Las dietas mensuales para las presidencias serán de 33 mil 318 pesos con 71 centavos y en el caso de las consejerías será de 20 mil 351 pesos. Nivel 2: Distrito 1, Distrito 18, Distrito 2, Distrito 19, Distrito 7, Distrito 20, Distrito 13 y Distrito 22. Las dietas mensuales para las presidencias serán de 39 mil 198 pesos con 71 centavos y en el caso de las consejerías será de 23 mil 943 pesos. Se determinan presidencias a ocupar por titulares de JER   De igual manera se determinaron los consejos distritales y municipales electorales cuya presidencia será ocupada por las personas titulares de juntas ejecutivas regionales y cuya secretaría será ocupada por las personas secretarias de dichos órganos desconcentrados…

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Aprueba IEEG modificación a estructura orgánica y organigrama

En sesión ordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó modificar la estructura orgánica y su organigrama por lo que hace al Órgano Interno de Control, así como el Tabulador de Remuneraciones del Personal de la Rama Administrativa y el Manual de Organización y Puestos del Instituto. Lo anterior con el con el objetivo de atender las nuevas atribuciones como órgano garante le confiere la Ley de Transparencia y ante la ampliación y redefinición de las atribuciones institucionales vinculadas con la garantía de los derechos de acceso a la información pública, así como el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión, control interno y cumplimiento normativo de dichas materias. La actual organización del Órgano Interno de Control del Instituto requiere ser modificada para atender las nuevas atribuciones que como autoridad garante en materia de transparencia y datos personales tiene, por ello se requiere la creación de dos plazas ubicadas en la rama administrativa permanente que coadyuven a fortalecer la estructura orgánica del OIC, las cuales corresponden a la Coordinación de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y una Auxiliar de Seguimiento de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales. Cabe mencionar que esta modificación a la estructura orgánica se ajusta a las disposiciones previstas en la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, toda vez que se cuenta con la suficiencia presupuestal para ello. El acuerdo fue aprobado por mayoría de votos. Se presentan informes mensuales   En diferentes puntos del orden del día, se aprobaron los siguientes informes mensuales: ·       Informes que rinde la Presidencia de la Comisión de Quejas y Denuncias del Consejo General, sobre todas las quejas o denuncias presentadas o iniciadas de oficio, así como de todas las solicitudes de medidas cautelares formuladas, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 175 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato. ·       Informe mensual de actividades de las direcciones, unidades técnicas y juntas ejecutivas regionales de la Junta Estatal Ejecutiva. ·       Informe mensual del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato. ·       Informe sobre las peticiones y diligencias practicadas en ejercicio de la función de Oficialía Electoral.

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