Confirma IEEG resolución de procedimiento sancionador

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó las resoluciones de recursos de revocación promovidos en contra de la resolución del procedimiento sancionador ordinario 08/2025-PSO-CG y su acumulado 09/2025-PSO-CG. En la resolución del PSO en comento del 30 de abril de 2026, se determinó la existencia de la infracción consistente en la difusión de propaganda gubernamental con elementos de promoción personalizada por parte de Michel Karine Reyes Lucio y de Adrián Hernández Alejandri, presidenta del Consejo Directivo del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), y presidente municipal del referido municipio, respectivamente; por lo que se impuso una multa económica a ambas personas funcionarias públicas. De manera posterior, el ciudadano Gabriel Mata González, quien se ostenta como regidor suplente del Ayuntamiento de Dolores Hidalgo Cuna de la Independencia Nacional; y a su vez, el ciudadano Antonio Arredondo Aguilar, en su carácter de autorizado en términos amplios de Michel Karyne Reyes Lucio y de Adrián Hernández Alejandri, presentaron recursos de revocación. Al dar resolución al recurso de revocación, se confirmaron los términos aprobados el 30 de abril toda vez que, del análisis de los agravios expuestos por las personas recurrentes, resultaron infundados e inoperantes. Se determina improcedente recurso de revocación   En otro punto del orden del día se determinó improcedente el recurso de revocación promovido por el ciudadano Ricardo Gómez Escalante, en contra de la resolución del procedimiento sancionador ordinario 13/2025-PSO-CG, al presentarlo fuera de los términos establecidos en la ley electoral local.

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Confirma IEEG asignación de regidurías para el ayuntamiento de Silao

· Ello en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey del Poder Judicial de la Federación dentro del juicio de revisión constitucional electoral SM-JRC-262/2024. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) confirmó la asignación de regidurías efectuada por el Consejo Municipal Electoral de Silao de la Victoria en la sesión del cómputo municipal del 5 de junio de 2024. Lo anterior en cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey del Poder Judicial de la Federación dentro del juicio de revisión constitucional electoral SM-JRC-262/2024. En la resolución se modificó la determinación asumida por el Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) en el expediente TEEG-REV-34/2024 y su acumulado TEEG-REV-49/2024 y, en consecuencia se declaró como nula la votación recibida en las casillas 2656 B, 2688 B, 2695 C2, 2699 B, 2700 B, 2702 C3, 2709 C4, 2710 C9, 2712 C1 y 2725 B, ubicadas en el municipios de Silao al recibir la votación persona no autorizada para ello, así como por otras circunstancias; se modificaron los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, dicha modificación no genera cambio de persona ganadora en la elección de ese municipio por lo que se confirmó la constancia de mayoría y validez. Una vez efectuado el análisis correspondiente, el Consejo General determinó que no resulta necesario realizar algún ajuste en la asignación de regidurías de representación proporcional por lo que se confirma la realizada por el Consejo Municipal de Silao.

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