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Da IEEG solucion a recursos de revocación

Se confirmó el acuerdo CGIEEG/170/2024 en los términos aprobados El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó la resolución al recurso de revocación promovido por Carlos Alberto Navarrete Ontiveros, en contra del acuerdo CGIEEG/170/2024. A través del acuerdo en mención, se atendió el acuerdo plenario del Tribunal Estatal Electoral de Guanajuato (TEEG) recaído al juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano con número de expediente TEEG-JPDC-69/2024 por el cual se establecieron medios de impugnación a los resultados de un concurso interno del Instituto para ocupar plazas vacantes. El recurso de revocación fue presentado el 25 de junio de 2024 en el que la persona recurrente vertió diversos agravios; el recurso cumplió con los requisitos de procedencia y no se actualizó ninguna causal de sobreseimiento o improcedencia, por lo que se procedió a darle resolución. Al concluirse que los agravios aducidos por el recurrente resultan infundados, se confirmó el acuerdo CGIEEG/170/2024 en los términos aprobados. La sesión completa se puede ver en: https://www.facebook.com/IEEGTO/videos/1468773337086022

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Da IEEG resolución a recursos de revocación

Se aprobaron las resoluciones a los recursos de revocación promovidos por partidos políticos en contra del acuerdo CGIEEG/014/2024 por el que se aprobaron los Lineamientos para el Registro de Candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.     En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó las resoluciones a los recursos de revocación promovidos por partidos políticos en contra del acuerdo CGIEEG/014/2024 por el que se aprobaron los Lineamientos para el Registro de Candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.   El acuerdo en mención fue aprobado por el Consejo General del Instituto el 31 de enero de 2024; de manera posterior a través de sus representantes propietarios ante el Consejo General, los partidos políticos Partido Acción Nacional, Morena y Partido Revolucionario Institucional, presentaron recursos de revocación.   El objetivo de los Lineamientos es establecer las reglas de observancia general y obligatoria a las que se sujetará el procedimiento del registro de candidaturas, para el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato; los partidos políticos acreditados y registrados, las coaliciones registradas y sus candidaturas, aspirantes a candidaturas independientes, candidaturas independientes y las postulaciones de reelección.   Al dar resolución al recurso de revocación presentado por el Partido Acción Nacional, por mayoría de votos se confirmó el acuerdo CGIEEG/014/2024 con excepción del artículo 27 y su anexo 7, relativo a la ‘Documentación adicional para candidaturas pertenecientes a la diversidad sexual’, los cuales serán modificados.   En el caso del recurso de revocación presentado por Morena, se confirmó por mayoría de votos el acuerdo CGIEEG/014/2024, con excepción del artículo 23, inciso i), relativo a la ‘Documentación anexa a la solicitud’; además del artículo 33, inciso d), relativo a la ‘Documentación adicional de las solicitudes’; los cuales serán modificados, así como sus anexos 4 y 15.

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Acuerda IEEG dar resolución a recursos de revocación

El Partido Acción Nacional, Morena y Partido Revolucionario Institucional, presentaron de manera particular recursos de revocación en contra del acuerdo CGIEEG/014/2024.     En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó la admisión y por consecuencia se dará resolución a los recursos de revocación promovidos por partidos políticos, en contra del acuerdo CGIEEG/014/2024.   A través del acuerdo en mención, el 31 de enero del año en curso, el Consejo General aprobó los Lineamientos para el Registro de Candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.   Los partidos políticos, Partido Acción Nacional, Morena y Partido Revolucionario Institucional, presentaron de manera particular recursos de revocación en contra del acuerdo.   Toda vez que de manera preliminar los recursos de revocación cumplen con los requisitos legales de procedencia y al haberse presentado en tiempo y forma, el Consejo General aprobó su admisión de conformidad con lo establecido en el artículo 395 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato.   El Consejo General instruyó a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral que formule los proyectos de resolución para cada uno de los recursos.

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Acuerda IEEG admisión de recursos de revocación; se les dará resolución

Se trata de recursos de revocación promovidos en contra de los acuerdos CGIEEG/085/2023 y CGIEEG/093/2023. En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) aprobó la admisión y por consecuencia se dará resolución a los recursos de revocación promovidos por partidos políticos, en contra de los acuerdos CGIEEG/085/2023 y CGIEEG/093/2023.   El 22 de noviembre del año en curso, el Consejo General aprobó el acuerdo CGIEEG/085/2023 mediante el cual se emite la acción afirmativa a favor de las personas, pueblos y comunidades indígenas para las candidaturas a diputaciones locales en el Congreso del Estado. El Partido Revolucionario Institucional presentó recurso de revocación en contra del acuerdo en mención. El 24 de noviembre del presente año, el Consejo General aprobó el acuerdo CGIEEG/093/2023 por el que se emiten acciones afirmativas en favor de personas con discapacidad, afromexicanas y de la diversidad sexual en la postulación de candidaturas a diputaciones y regidurías para el Proceso Electoral Local 2023-2024; asimismo, se determinó la viabilidad de emitir acciones afirmativas en favor de personas migrantes en la postulación de regidurías para el mismo proceso. En el caso de este acuerdo, el Partido Revolucionario Institucional, el Partido Acción Nacional y el partido Morena, presentaron de manera particular recursos de revocación. Toda vez que de manera preliminar los recursos de revocación cumplen con los requisitos legales de procedencia y al haberse presentado en tiempo y forma, el Consejo General aprobó su admisión de conformidad con lo establecido en el artículo 395 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. En consecuencia, se instruyó a la Unidad Técnica Jurídica y de lo Contencioso Electoral que formule los proyectos de resolución para cada uno de los recursos

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